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EL PSOE recurrirá ante la Junta Electoral Provincial la visita de Lacalle al fin de obra del pasaje de San Lesmes

03 de Abril de 2019

 La resolución de la Junta Electoral de Zona le recuerda al alcalde que queda prohibido realizar cualquier tipo de inauguración de obras o servicios públicos una vez convocadas las elecciones. En cambio considera que no cabe la apertura de expediente sancionador a Lacalle porque el hecho denunciado es anterior a la notificación del acuerdo sobre la vigencia y extensión temporal de las prohibiciones del art. 50 de la LOREG de la propia Junta con fecha 1 de abril.

Los socialistas de Burgos consideran que la publicación de la instrucción 3/2019 en el B.O.E el pasado 6 de marzo de 2019, produce efectos informativos a todos los efectos por lo que el Ayuntamiento de Burgos y el Alcalde de la ciudad deben darse por entereados, por lo que la notificación del acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Burgos de 1 de abril. lo que hace es abundar sobre esta instrucción ya publicada.

EL PSOE recurrirá ante la Junta Electoral Provincial  la visita de Lacalle al fin de obra del pasaje de San Lesmes

 El PSOE conocida la resolución de la Junta Electoral de Zona sobre la denuncia que efectuó ayer martes, 2 de abril, sobre la visita del Sr. Alcalde a las obras del pasaje de San Lesmes informa de que lo que hace la Junta Electoral de zona en su resolución es recordarle al Ayuntamiento que de conformidad con lo establecido en el Art. 50.3 de la L.O.R.E.G y la Instrucción de la Junta Electoral Central 3/2019, queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos, cualquiera que sea su denominación, toda vez que estén convocadas las Elecciones Municipales, Autonómicas y al Parlamento Europeo.

El PSOE en cambio no comparte que la Junta Electoral de Zona haya interpretado que no cabe apertura de expediente sancionador contra el alcalde por entender que el hecho denunciado es anterior a la notificación que esta Junta Electoral derivó el mismo día 1 sobre el acuerdo que adoptó respecto a la vigencia y extensión temporal de las prohibiciónes del artículo 50.3 de la L.O.R.E.G.

Para el PSOE el hecho de que el escrito se haya presentado formalmente como un recurso y no como una denuncia sobre unos hechos acontecidos no conllevan motivo alguno para su inadmisión.

No obstante, el PSOE trasladará a la Junta Electoral Provincial esta denuncia entendiendo que conocida la publicación de la instrucción de la Junta Electoral Central el pasado 6 de marzo en la que textualmente se prohíbe cualquier acto de inauguración de obras cualquiera que sea la denominación utilizada a partir de la convocatoria al Congreso de los Diputados y al Senado y hasta la celebración de las elecciones locales, autonómicas y europeas, por ningún poder público sea de naturaleza estatal, autonómica o local.